Notas sobre la Tolerancia y el Relativismo moral

Analizando con mis alumnos un texto de R. Spaemann, se arrojaba algo de luz sobre la “tolerancia” como elemento constitutivo de la moral en la que vivimos.

En nuestra situación actual, se exalta la tolerancia y, simultáneamente se sostiene el relativismo moral. Esto, a mi juicio, es contradictorio.

1. El relativismo moral, en definitiva, tiene dos versiones: ha de seguirse la moral dominante (lo cual es imposible porque ésta no existe y si existe por qué he de seguirla si es relativa, y si he de seguirla ya no es relativa…); o he de vivir siguiendo mis preferencias o gustos personales-individuales (lo cual es imposible puesto que en un contexto social siempre he de armonazar mis gustos con los de los demás y eso exige que venza, o el más fuerte o el más razonable) luego no es posible, propiamente, el relativismo moral.

2. Si el relativismo no es sostenible racionalmente, quiere decir que existen, más allá de circunstancias individuales o contextos culturales, ciertos bienes y ciertos males, que todos, en toda circunstancia, consideramos como buenos o malos. Por otro lado esto es una cuestión excesivamente obvia: las coincidencias en la valoración moral entre las culturas es elevadísima, y la divergencia, existe, pero es menor. La lealtad es juzgada siempre como mejor que la traición. La conducta de Ghandi, el padre Kolbe o la madre Teresa es indiscutiblemente juzgada como buena. El asesinato del inocente a traición es juzgado como malo.

3. La toleracia tiene sentido sólo si queda excluida la intolerancia. Luego en todo contexto de tolerancia se señalan conductas que son malas bajo cualquier punto de vista y otras que han de ser promovidas o bienes que han de ser preservados. En cuanto a los bienes, se preseva además que los individuos cultiven aquellos que puedan considerarse neutros por los otros. Así, rezar es para unos bueno y para otros indiferente: luego se tolera. La violencia sobre la mujer es considerada por unos buena o indiferente por algunos pero intolerable por contravenir derechos fundamentales.

Es decir, sólo en contextos en los que se preservan bienes “no relativos” y se rechazan males “no relativos” puede existir la tolerancia.

Obviamente esto es sólo un apunte… pero por algún sitio hay que empezar.

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